Lo que dicen las bases
La base 6.1.6 establece que la comprobación de tatuajes se hace de forma independiente durante la revisión de las causas de exclusión médica. Supone la exclusión tener tatuajes con un contenido contrario a los principios, valores y competencias del Codi d'ètica de la Policia de Catalunya, aprobado por el Acuerdo GOV/25/2015. La comprobación implica consentir que se fotografíen para que el tribunal los evalúe.
La base 4.14 añade que puede repetirse en cualquier momento de la convocatoria y antes del nombramiento.
Tamaño, zona y si se ven con el uniforme
La base 6.1.6 no menciona el tamaño del tatuaje, la parte del cuerpo ni si queda a la vista con el uniforme: el criterio es el contenido.
A modo orientativo (criterio de MossoLab, no oficial): el Codi d'ètica gira en torno al respeto a la dignidad de las personas, la no discriminación y la imparcialidad. Los tatuajes con mensajes de odio, discriminatorios o que hagan apología de la violencia son los que más riesgo tienen de considerarse contrarios al código.
Si tienes dudas sobre un tatuaje
No intentes ocultarlo: la revisión es visual y con fotografías, y omitir información en el reconocimiento puede ser peor que el propio tatuaje. Si su significado no es evidente (símbolos, números, frases en otros idiomas), prepárate para explicarlo con claridad.
Si un tatuaje te genera dudas serias, lee las bases completas y consulta los canales de información de la convocatoria en mossos.gencat.cat antes de invertir meses en la preparación.
En qué momento del proceso se revisan
La comprobación de tatuajes se hace junto con la revisión médica de la base 6.1.5, que las bases sitúan después de las cuatro pruebas de la fase de oposición. Es decir, un tatuaje problemático no te impide hacer la primera prueba, la física, la psicoprofesional ni la de catalán, pero puede excluirte cuando ya has invertido meses de preparación.
Por eso es mejor resolver cualquier duda antes de empezar y no esperar al final del proceso.